S E R V I C I O S
Tramitación y pago telemático de depósitos y tasas judiciales
DEPÓSITOS: Todo aquél que vaya a interponer un recurso por escrito, habrá de abonar un depósito. Están excluidos de abonarlo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.
IMPORTES:
- 30 euros, si se trata de recurso de queja.
- 50 euros, si se trata de recurso de apelación o de rescisión de sentencia firme a instancia del rebelde
- 50 euros, si se trata de recurso extraordinario por infracción procesal
- 50 euros, si el recurso fuera el de casación, incluido el de casación para la unificación de doctrina
- 50 euros, si fuera revisión
- 25 euros contra si se trata de recursos contra resoluciones dictadas por el Juez o Tribunal que no pongan fin al proceso ni impidan su continuación en cualquier instancia.
- 25 euros quien recurra las resoluciones dictadas por el Secretario Judicial.
TASAS POR EL EJERCICIO DE LA POSTESTAD JURISDICCIONAL EN LOS ÓRDENES CIVIL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y SOCIAL. MODELO 696. Se trata de un tributo de carácter estatal que deberán satisfacer en determinados supuestos las personas jurídicas por acudir a los Tribunales y hacer uso del servicio público de la Administración de Justicia. La novedad más importante fue la supresión de tasa judicial para las personas físicas en todas las jurisdicciones e instancias. (ORDEN HAP/861/2015 de 7 de mayo)
IMPORTES:
- Verbal/cambiario: 150 euros
- Ordinario: 300 euros
- Monitorio, monitorio europeo y demanda incidental en procedimiento concursal: 100 euros
- Ejecución extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos judiciales: 200 euros
- Concurso necesario: 200 euros.
En Del Olmo Procuradores, nos ofrecemos a realizar en nombre de nuestro cliente (previa autorización del mismo) el abono de depósitos y liquidación de tasas judiciales en sedes electrónicas, lo que le ahorra tiempo y burocracia innecesaria. De este modo:
- Tramitamos el pago telemático de los depósitos preceptivos para recurrir a través del servicio virtual habilitado por el Banco Santander
- Liquidamos la tasas judiciales correspondientes a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, lo que supondrá una bonificación del 10% en la cuantía final a liquidar, por el uso de medios telemáticos.